Fuga de capitales
El Corralito es el nombre informal de las medidas económicas adoptadas en Argentina a finales de 2001 con objeto de detener la retirada masiva de depósitos de los bancos. Ésa estrangulación de la liquidez supuso la práctica congelación de las cuentas bancarias y la prohibición de retirar fondos de las cuentas denominadas en dólares USA. Ahora que los políticos nos recuerdan continuamente que “España no es Grecia“ debemos reconocer también que España ciertamente no es Argentina. Incluso en los escenarios más pesimistas es muy difícil imaginar que la situación pueda alcanzar tal gravedad que lleve a adoptar medidas drásticas, indiscriminadas y dañinas como las del corralito argentino, de infausto recuerdo.
De momento no preveo nada similar al corralito en el futuro de España pero si una intervención en depósitos es probable, es decir, que estoy preocupado por el carácter crecientemente coercitivo de las anunciadas medidas para intentar aumentar la recaudación fiscal como modelo de lucha contra el fraude. Las medidas de restricción del uso de dinero en efectivo recortan la libertad de los ciudadanos, que se encuentran con más cortapisas para disponer libremente del dinero que les queda tras pagar los impuestos. La hipótesis subyacente en estas medidas es que el ciudadano es culpable hasta que demuestre su inocencia. Sirva como ejemplo que Hacienda estará ahora facultada para proceder al embargo preventivo de los bienes de aquéllos sobre los que pese la sospecha de haber cometido fraude fiscal.
Como ocurre tan a menudo con la intervención estatal, tememos que los resultados obtenidos sean precisamente opuestos a los perseguidos, esto es, que los ingresos fiscales continúen cayendo ante el temor del capital extranjero a venir a España y el efecto disuasorio de estas medidas en aquellos que poseen capitales no declarados fuera de España y que estén barajando acogerse a la recientemente anunciada amnistía fiscal. Aunque los políticos se esfuercen en captar capitales, bien sea a través de amnistías fiscales o de la emisión de hispabonos o bonos patrióticos, lo cierto es que el dinero no tiene patria. El capital legalizado huye irremediablemente de los países donde se le trata peor y se acumula en aquellos que ofrecen bajos impuestos y un panorama legislativo claro y estable. Se estima que unos 80.000 millones de euros salieron del sistema bancario español en 2011. Este éxodo de capital se ha agudizado en el primer trimestre de 2012, como indica la creciente dependencia de los bancos españoles de la financiación del Banco Central Europeo (ECB). Esta situación no es sostenible y puede mover al gobierno a implantar nuevas medidas restrictivas de la libertad y del rango de opciones disponibles para que los ahorradores españoles puedan proteger sus ahorros, como por ejemplo establecer límites al capital que puede mandarse al exterior o restringir sus fines a los intercambios comerciales.
Con la legislación vigente, los residentes en España tienen derecho a abrir en el extranjero cuentas bancarias y de inversión para no residentes sin necesidad de autorización previa y sin limitación en las cantidades que pueden enviarse por transferencia electrónica. Sí existe la obligación de declarar al Banco de España dichas cuentas en el plazo de 30 días desde su apertura (formulario DD1), así como los movimientos de capital de cierta envergadura (formulario DD2) y, por supuesto, incluirlas en la declaración de Hacienda. Las cuentas no residentes pueden abrirse en las sucursales en España de muchos bancos extranjeros que operan en el territorio español o a través del portal de Internet de los bancos o empresas de inversiones que no cuentan con presencia física en España. Muchas de las principales empresas de inversiones proporcionan documentación y servicio al cliente en español, lo que simplemente es una buena práctica comercial dada la enorme importancia del mercado hispanohablante en el mundo.
Creo que las cuentas para no residentes no son sólo para las grandes fortunas, sino que muchos ahorradores en España deberían considerarlas como una herramienta más en su estrategia de reducción de riesgos en estos tiempos turbulentos. Una cuenta no residente en un banco moderno, que ofrezca un rango amplio de productos, bajos costes y acceso seguro a través de Internet puede proporcionar una auténtica diversificación del riesgo, muy superior a la que se consigue simplemente abriendo cuentas en diferentes bancos dentro de España. Al final, todos los bancos que operan en España, extranjeros o españoles, están sujetos al cumplimiento de la normativa española. Aunque un corralito a la argentina parece muy improbable, si el capital sigue huyendo de España no hay que descartar que el gobierno se plantee modificar la normativa actual sobre cuentas no residentes a fin de reducir la salida de capitales desde los bancos españoles. Por el momento, las cuentas no residentes siguen siendo una opción sencilla y eficaz de reducción de riesgo para los ahorradores en el marco de la regulación vigente.